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¿Cuándo hay que cambiar o reformar el ascensor de un inmueble? El Consejo General de Administradores de Fincas de España ha elaborado la Guía sobre la Nueva Ley de Ascensores, que recoge la prevención y anticipación de estas adecuaciones obligatorias. La Guía va dirigida a los administradores de fincas colegiados, aunque también a la ciudadanía en general.

Guía Ley de Ascensores

No sólo las comunidades de propietarios tendrán que adaptar sus ascensores a la nueva normativa que entró en vigor el 1 de julio de 2024. Cualquier edificio que tenga un ascensor tiene que proceder a su revisión para adaptarlo al Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existentes.

¿Esta normativa es de obligado cumplimento para todos?

La principal consulta que realiza la ciudadanía es si esta normativa es de obligado cumplimiento, y sí, lo es.

Si no se realizan las obras necesarias, las comunidades de propietarios, los propietarios de un edificio en alquiler o una persona con una vivienda individual con ascensor, serán sancionadas con importantes cuantías económicas. Puede llegar incluso a provocar la clausura del ascensor, ya que lo que se quiere preservar es la seguridad de los usuarios que lo utilizan. La ley establece sanciones que van desde las consideradas leves (hasta 60.000 euros), graves (hasta 6.000.000 euros), y las muy graves (hasta 100.000.000 euros).

Lo primero que hay que conocer es si el ascensor cuenta con todas las medidas de seguridad que se exigen o carece de alguna de ellas, por lo que es fundamental que los implicados soliciten el informe correspondiente a la empresa de mantenimiento. Si el ascensor no contara con alguno de los elementos establecidos en la normativa, se tendrán que realizar las obras correspondientes para adaptarlo a la nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC). Y es muy importante recordar que estas obras son obligatorias

Aspectos que aborda la Guía

✅ SANCIONES Y CLAUSURA DEL ASCENSOR
✅ FUNCIONES DEL PRESIDENTE/A
✅¿CUÁNTO TIEMPO TENGO PARA ADECUAR MI ASCENSOR A LA NORMATIVA?
✅ ¿QUÉ TIENE QUE ENTREGAR LA EMPRESA DE MANTENIMIENTO?
✅¿Y SI EL IMPORTE DE LA OBRA ES MUY ELEVADO?


Los administradores colegiados pueden descargarse la Guía en este enlace, para que la puedan hacer llegar a las comunidades que administran, o incluso utilizarla como elemento de soporte en las reuniones de propietarios.